Llevamos mucho tiempo escuchando la idea o concepto de riders, plataformas , trabajo colaborativo, etc.. pero ¿ qué es realmente ser una falso autónomo?, ¿eres un falso autónomo?

En ocasiones las empresas piden al trabajador estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a pesar de que están bajo sus órdenes  y sometidos al control y dirección de éstas.

En esos casos y a pesar de que el trabajador esté dado de alta en RETA, no es un autónomo, sino que es como popularmente se dice un FALSO AUTÓNOMO.

Debemos recordar que no se trata de un tema falto de regulación legal, muy al contrario el Estatuto de los Trabajadores prevé en su artículo 1.1 que esta Ley les será de aplicación a aquellos que presten servicios bajo las notas de voluntariedad, retribución por cuenta de otro y se encuentren bajo la organización y dirección de otra persona.

Por tanto si se reúnen esas notas previstas en el art.1 del Estatuto de los Trabajadores, nos encontramos ante una relación por cuenta ajena y no ante un autónomo.

Es preciso delimitar bien la relación laboral que une a empresa y trabajador a fin de evitar reclamaciones o denuncias ante Inspección de Trabajo, que perjudican tanto a la empresa como al trabajador.

Si tienes cualquier duda al respecto puedes consultarme.