¿Qué ocurre si se presta servicios a tiempo completo y se está de alta a tiempo parcial?

En este caso si la empresa no hace firmar al trabajador el registro de jornada el tiempo de trabajo se presume a jornada completa, es decir que deberá computarse como jornada completa.

Si el trabajador reclama esas diferencias de salario y la empresa no puede acreditar que el Registro se encuentra firmado, entonces se declarará judicialmente que la jornada es completa y deberán abonarse las diferencias. Todo ello porque es la empresa quien debe acreditar la efectiva jornada que presta el trabajador.

¿Estás firmando correctamente tu registro de jornada?

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