El pasado  5 de mayo se celebró el día de la madre, un buen día para hablar de la prestación de maternidad y los cambios operados en los últimos meses por el Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo publicado en el BOE el 7 de marzo de 2019.

El nacimiento de un hijo genera para los padres, una serie de prestaciones que suplen al salario, puesto que durante el tiempo que se les reconoce no deben acudir al trabajo y perciben de la Seguridad Social  directamente  el importe que les corresponde.

A partir de 1 de abril de 2019 la protección a la madre biológica será de 6 semanas obligatorias tras el parto y 10 semanas voluntarias o bien continuadas o en periodos interrumpidos semanales hasta los 12 meses del hijo.

El otro progenitor, ostenta a partir de la misma fecha, 8 semanas  (2 obligatorias tras el nacimiento  y 6 voluntarias continuadas o interrumpidas hasta los 12 meses del nacimiento) este periodo es ampliable en 2020 a 12 semanas y en 2021 quedarán equiparados ambos permisos a 16 semanas.

En los supuestos de adopción o  acogimiento se equiparan ambos progenitores, 6 semanas obligatorias tras la adopción o acogimiento y 12 semanas a distribuir entre ambos.

Es una reforma de gran calado que pretende equiparar la protección al nacimiento de un hijo a partes iguales, los padres que hasta la fecha no podían disfrutar más que de un corto periodo pasan a tener a partir de 2021 los mismos derechos que las madres, y además pudiendo disfrutarlo simultáneamente.

Requerirá que las empresas se muestren dispuestas a aceptarlo y compartir dicha visión, no generando en los trabajadores situaciones de conflicto con el fin de que tod@s puedan ejercer los derechos y obligaciones que como padres nos asisten.

 

Bienvenida reforma, ya estás para quedarte..!!